Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1349/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
II.6.
II.6. El 2 de agosto de 2016, el accionante, presentó nota dirigida al Gobernador ahora demandado comunicándole que es tutor de una persona con discapacidad y por ende goza de inamovilidad laboral, tal como lo dispone la Ley 223 de 2 de marzo de 2012; solicitando a su vez, la anulación del Memorando de agradecimiento de servicios y su reincorporación a su fuente laboral (fs. 12 a 13).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.
- III.3. Inamovilidad funcionaria del trabajador cuando tiene bajo su dependencia a personas con discapacidad
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16