Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1355/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
II.4.
II.4. Richard Escalante Aguilar y Delia Apacani de Escalante, por memorial presentado el 10 de junio de 2015, interpusieron recurso de casación contra el Auto de Vista 099/2015, que mereció el Auto de admisión de recurso de 25 de junio de 2015, a través del cual Wilfredo Ramos Quispe y Freddy Romay Gonzales, Vocales de la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, admitieron el mismo (fs. 33 a 34 vta.; y, 38).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- II.
- I.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- CONFIRMAR