SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1394/2016-S3
Fecha: 02-Dic-2016
concedió
El Juez Público de Familia Primero de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 001/2016 de 19 de septiembre, cursante de fs. 137 vta. a 141, concedió la tutela solicitada, disponiendo: a) La inmediata reincorporación de la ahora accionante a SERPETBOL Ltda. en el plazo de veinticuatro horas, bajo constancia y con ambiente de trabajo adecuado, conforme a la Conminatoria JDTSC/CONM. 019/2016, emitida por el Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz; b) Que la citada empresa en el plazo de cinco días afilie a la nombrada y a su hija, al seguro médico de la Caja Petrolera de Salud (CPS); y, c) Se proceda al pago a la accionante de los meses impagos de forma inmediata, además de entregarle los subsidios que le correspondan; ello, bajo los siguientes razonamientos: 1) Los hoy demandados incumplieron lo establecido en el art. 48.VI y 49.III de la CPE, al despedir a la hoy accionante en estado de gestación; 2) Los ahora demandados no dieron cumplimiento a dicha Conminatoria; y, 3) Se puso en riesgo la vida de la menor AA, misma que se encuentra bajo protección preferente del Estado por constituir miembro de un grupo social vulnerable.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- es el caso de la protección a la mujer embarazada, debido que los derechos susceptibles de tutela no sólo le alcanza a ella, sino también, y con mayor razón, al ser en gestación que merece el resguardo privilegiado e incondicional del Estado, frente a la restricción, supresión, o amenaza a su salud e integridad, reconocido universalmente y de manera especial por la Constitución Política del Estado, las leyes y la jurisprudencial constitucional
- precedentemente expuesta, no es aplicable el principio de subsidiariedad en el caso concreto por tratarse de derechos y garantías de mujer trabajadora en estado de gestación
- III.2. Análisis del caso concreto
- PLANCHADA
- CONFIRMAR