Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1394/2016-S3
Fecha: 02-Dic-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante señala como lesionados sus derechos a la vida, a la salud, a la familia, a la seguridad, a la maternidad y al trabajo, citando al efecto los arts. “12” 13.I y II, 14.III, IV y V, 15.I, II y III; 35.I; 37; 46.I.1 y 2 y II; y, “49” 48.I, II, III, IV, V y VI de la Constitución Política del Estado (CPE); 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 6.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- es el caso de la protección a la mujer embarazada, debido que los derechos susceptibles de tutela no sólo le alcanza a ella, sino también, y con mayor razón, al ser en gestación que merece el resguardo privilegiado e incondicional del Estado, frente a la restricción, supresión, o amenaza a su salud e integridad, reconocido universalmente y de manera especial por la Constitución Política del Estado, las leyes y la jurisprudencial constitucional
- precedentemente expuesta, no es aplicable el principio de subsidiariedad en el caso concreto por tratarse de derechos y garantías de mujer trabajadora en estado de gestación
- III.2. Análisis del caso concreto
- PLANCHADA
- CONFIRMAR