SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1396/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1396/2016-S1

Fecha: 15-Dic-2016

denegó

El Juez Público Civil y Comercial Segundo del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, por Resolución 96/2016 de 3 de noviembre, cursante de     fs. 213 a 218 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentales:   a) En el proceso penal por tráfico de sustancias controladas no se emitió sentencia contra los imputados Alejandro Ramiro Tórrez y Nahir Alejandra Alvarado Vega; b) Aparte de la interpretación teleológica, gramatical, sistemática e histórica existen otros métodos como el “plural descolonizadora” (sic) acorde a los nuevos paradigmas superando la formalidad y los dogmatismos jurídicos, estableciendo el art. 8 de la Constitución Política del Estado (CPE) los principios ético morales de la sociedad plural “…que emerge de nuestras propias identidades…” (sic); por lo que, se deduce que las resoluciones objetadas se encuentran sustentadas legalmente; y, c) Respecto a la falta de interpretación y sus métodos la ley es clara al respecto, no contando la impetrante de tutela con documentos de propiedad que hagan oponible a terceros, además se debe considerar que el art. 395 de la Norma Suprema prohíbe la compra venta de terrenos rurales entregados en calidad de dotación como los adquiridos por Jovita Alarcón Tórrez; aspecto que permite concluir que las autoridades demandadas no lesionaron los derechos fundamentales denunciados por la accionante, al estar las resoluciones confutadas sustentadas técnica y legalmente.