Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1401/2016-S3
Fecha: 05-Dic-2016
I.2.4. Intervención del Ministerio Público
El representante del Ministerio Público en audiencia manifestó que la Fiscal Departamental de Oruro -autoridad hoy demandada-, al identificar una negligencia por parte del Fiscal de Materia, cumplió con su deber y atribución establecida en el art. 34.17 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), y resolvió en revisión la Resolución de sobreseimiento de acuerdo a procedimiento de no hacer así hubiera incurrido en la comisión de un delito; así también, el accionante no demostró cuáles son los actos u omisiones indebidas cometidos por la autoridad demandada, por lo que solicitó se deniegue la tutela.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público.
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR