SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1404/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
Respecto a su naturaleza jurídica la SCP 1352/2014 de 7 de julio, estableció que: “La acción de libertad, es un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando ésta se encuentra afectada o amenazada por la restricción o supresión de la libertad”.
De lo anteriormente referido se colige que dicha acción tutelar es de naturaleza especial y sumarísima, otorgando protección inmediata con base en los principios de informalismo, generalidad e inmediación, prescindiendo en su activación de fueros y privilegios, pudiendo ser instaurada contra cualquier servidor público o persona particular, así lo dispone el art. 125 de la CPE, que señala: “Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal, ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad”.
Constituyendo un medio de defensa inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física, locomoción, y el derecho a la vida, en pos del restablecimiento de la afectación, ya sea cuando la vida se encuentre en peligro, exista persecución ilegal o indebida, procesamiento ilegal o indebido; o, cuando concurra privación de libertad indebida, activándose de forma especial y sumarísima, sobre la base de la inmediatez, informalismo, generalidad e inmediación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- denegó
- Fragmento 7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.3. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.4. El recurso de apelación incidental es el medio idóneo para impugnar las resoluciones correspondientes a imposiciones de medidas cautelares
- III.4. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR