Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1450/2016-S3
Fecha: 08-Dic-2016
II.1.
II.1. Constan las matrículas de registro en la oficina de DD.RR. 6.01.1.26.0001234, 6.01.1.26.0001235, 6.01.1.26.0001252 y 6.01.1.01.0009096, correspondientes a cuatro lotes de terreno de 1700 m2, 2449.50 m2, 1000 m2 y 1291.50 m2 respectivamente, registrados a nombre de Blanca Wilma Catoira Saravia de Oller -hoy accionante-, ubicados en el cantón San Luis, provincia Cercado del departamento de Tarija (fs. 32 a 35).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos
- III.2. Análisis en el caso concreto
- REVOCAR