Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1464/2016-S3
Fecha: 09-Dic-2016
II.3.
II.3. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Mauricio Mario Mamani Colque -hoy tercero interesado- contra el accionante y otro, por la presunta comisión del delito de estafa, la Fiscal Departamental ahora demandada “En cumplimiento a la Sentencia Constitucional 01/2016 pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial N° 5 como consecuencia del amparo constitucional accionando por [Jean Marie Galliath Risacher] contra la suscrita Fiscal Departamental de Oruro, se emite la presente Resolución Jerárquica” (sic), pronunció la Resolución Jerárquica F.D.O./D.J.P.M. 78/2016 de 17 de mayo (fs. 927 a 943).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Del entendimiento jurisprudencial relacionado con el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares
- se debe establecer inicialmente como una consecuencia razonable y lógica, que los sujetos procesales -accionante y demandado- tienen la legítima potestad de reclamar o exigir el cumplimiento de los fallos constitucionales en acciones de defensa ante la misma autoridad que las dictó,
- en esta misma línea argumentativa se debe reconocer esta potestad a los terceros interesados.
- Cabe señalar, que dicho razonamiento, constituye una modulación complementaria y precisa, al entendimiento jurisprudencial relacionado con el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- REVOCAR