SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1476/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1476/2016-S3

Fecha: 12-Dic-2016

a)

Silvia Guadalupe Casson Calderón, Oficial Mayor de la Asamblea Legislativa departamental de Tarija, por memorial presentado el 28 de octubre de 2016, cursante de fs. 73 a 83 vta., manifestó que: a) Las servidoras y servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñan cargos electivos, las designadas y los designados y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento; b) La Ley 2027 de 27 de octubre de 1999 -Estatuto del Funcionario Público-, en su art. 5 inc. c) refiere que los funcionarios de libre nombramiento, son aquellas personas que realizan funciones administrativas de confianza y asesoramiento técnico especializado para los funcionarios electos o designados; c) Son funcionarios de libre nombramiento los Asesores Generales, coordinadores Generales, Jefes de Gabinete, Oficiales Mayores, Secretarios Privados, ayudantes y personal de confianza, por la máxima autoridad ejecutiva; d) La accionante fue designada como asesora del Área Social Staff de directiva (Asesora II), con un sueldo de Bs. 8.080.- (ocho mil ochenta bolivianos), dentro de la categoría o clase 3 nivel 6, en la misma condición de Director II según estructura de cargos y escala salarial del Gobierno autónomo departamental a efectos de cumplir tareas de coordinación mientras dure la gestión de la directiva, la misma que es elegida democráticamente por un año; y, e) La inamovilidad no puede ser aplicada a todos los casos, ya que como se determinó anteriormente, algunos funcionarios tienen características concretas, por ello los servidores públicos que ejercen cargos directivos o de libre designación, no se les puede aplicar la garantía  de la inamovilidad laboral.