SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1476/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1476/2016-S3

Fecha: 12-Dic-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 28 de julio de 2016, pusieron a su conocimiento el Memorando 010/2016-2017 de agradecimiento de servicios, por lo que al verse perjudicada mediante nota de la misma fecha, solicitó a la Oficial Mayor de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, se deje sin efecto el Memorando de agradecimiento de servicios, adjuntando para a tal efecto el informe médico emitido por la ginecóloga de  la Caja de Salud CORDES regional Tarija, documentación que acreditaba que se encontraba en estado de gestación.

El 29 de junio de 2016, se apersonó a su fuente laboral de manera habitual realizando el marcado de ingreso; sin embargo, en el transcurso de la mañana fue notificada con el Informe Legal A.L.D.T./OF.M./ASESORIA JURÍDICA/JRR 010/2016-2017 de 29 de julio, que en sus conclusiones establece que no corresponde su inamovilidad laboral.

Con tal antecedente, acudió a la Jefatura del Trabajo, Empleo y Previsión de Tarija, instancia administrativa, que emitió la Conminatoria J.D.T.T. 310/16, que dispuso su reincorporación a su fuente laboral por encontrarse en estado de gestación, misma que fue notificada a la demandada el 30 de septiembre de 2016 y habiendo transcurrido más de 19 días, la autoridad demanda no dio cumplimiento, configurándose en un acto ilegal y lesivo a sus derechos y garantías constitucionales de estabilidad e inamovilidad laboral.