INCOMPATIBILIDAD
Cabe citar que la DCP 0105/2015, declaró la INCOMPATIBILIDAD de los arts.: 45; 107; y 192.6 y 8; además, ordenó sujetarse a lo determinado por el art. 33 y el numeral 14 del art. 55, expulsados indebidamente por el estatuyente, omitiendo lo prescrito por el Tribunal Constitucional Plurinacional en la citada Declaración Constitucional Plurinacional, correlativa a la presente.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- INCOMPATIBILIDAD
- Observación:
- Artículo 32.- (Procedimiento de la elección de autoridades).-
- “Artículo 45.-(Asistencia de la Alcaldesa y el Alcalde Municipal a las Sesiones del Concejo Municipal).-
- “Artículo 192.- (Régimen de las personas con discapacidad).-
- numerales 6
- 8.
- 2
