AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2016-RCA

Fecha: 05-Feb-2016

primer punto

Ahora bien, de la revisión del memorial de subsanación presentado por la accionante, cursante de fs. 26 a 36 vta., se advirtió que, con relación al primer punto, dicha exigencia fue cumplida, debido a que, si bien no presentó las fotocopias legalizadas de la prueba adjunta a la acción tutelar requeridas por el Tribunal de garantías; sin embargo, justificó la imposibilidad de obtenerlas, al indicar que los expedientes originales se encuentran en el Juzgado Cuarto de Partido Civil y Comercial del departamento de La Paz, solicitando a su vez a las autoridades demandadas, dispongan la remisión de los expedientes del proceso ejecutivo y ordinario civil aludidos en su demanda, mediante exhorto dirigido a la mencionada autoridad jurisdiccional del departamento de La Paz; asimismo, respecto al tercer punto, identificó los derechos presuntamente transgredidos en el proceso, conforme previene el art. 33.5 del CPCo.