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    AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2016-CA

    Fecha: 23-Feb-2016

    II.1.  Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos

    Se demanda la inconstitucionalidad de los 39 del “Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales” por Infracciones al Marco Regulatorio del Sector de “Telecomunicaciones”, aprobado por el DS 25950 de 20 de octubre de 2000; y, 79 de la LPA, por ser presuntamente contrarios al art. 324 de la CPE.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • rechazar
    • II.1.  Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
    • “…procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.
    • II.3.  Sobre la debida fundamentación como requisito de admisión en las acciones de inconstitucionalidad
    • la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución Política del Estado;
    • debe precisar con claridad los motivos por los que considera contrario al CPE,
    • II.4.
    • RATIFICAR

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