Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2016-CA
Fecha: 23-Feb-2016
II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de los 39 del “Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales” por Infracciones al Marco Regulatorio del Sector de “Telecomunicaciones”, aprobado por el DS 25950 de 20 de octubre de 2000; y, 79 de la LPA, por ser presuntamente contrarios al art. 324 de la CPE.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazar
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- “…procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.
- II.3. Sobre la debida fundamentación como requisito de admisión en las acciones de inconstitucionalidad
- la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución Política del Estado;
- debe precisar con claridad los motivos por los que considera contrario al CPE,
- II.4.
- RATIFICAR