SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2017-S2

Fecha: 06-Feb-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante considera que los miembros del Comité Electoral de APL ahora demandados, conculcaron sus derechos a ser elector y elegido, al debido proceso, a la defensa, a la igualdad, legalidad y transparencia, “a la representación”, “a la democracia”, a ser oído, a la petición, a la obtención de respuesta formal y a la “seguridad jurídica”, señalando que éstos aprobaron la participación de dos Frentes en las elecciones para renovar el Directorio de APL, cuyas listas de postulantes se encontraban incompletas, impidiendo la representación de varias zonas y secciones que conforman APL; además, de incumplir el Reglamento Electoral y las determinaciones de la segunda convocatoria, motivo por el cual presentó recurso de impugnación, el mismo que fue resuelto confirmando las ilegalidades denunciadas; luego de ello, presentó otra impugnación, la misma que no fue resuelta, lo que restringe sus derechos a ser oído y a la petición, materializándose la lesión de otros derechos por haberse omitido la decisión de este recurso, dejándolo en incertidumbre y en desprotección por no contar con un representante en el Directorio de APL, al no tener una respuesta pronta y oportuna por parte de los demandados.