Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2016-S2
Fecha: 12-Feb-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los accionantes, a través de su abogado, ratificaron su memorial de acción de libertad, ampliando señalaron que no habiendo obtenido su libertad, no podían estar realizando actos preparatorios de fuga u obstaculización a la averiguación de la verdad. La revocatoria se basó en la información verbal de un suboficial que dijo en audiencia que se habían escondido, hecho por el que como máximo podían recibir una sanción administrativa interna; sin embargo, no existió ningún informe escrito de parte del Gobernador, a quien correspondía informar por que causa no asistieron a la audiencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III.1. La acción de libertad de pronto despacho
- cuando cese la detención preventiva, el interno será liberado en el día
- Fragmento 12
- III.3.
- CONFIRMAR en parte