SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2016-S2

Fecha: 15-Feb-2016

III.3.  Sobre el principio de legalidad

Con relación al principio de legalidad en la SCP 2488/2012 de 3 de diciembre se señaló: “De conformidad al art. 180 de la CPE, la legalidad es un principio procesal de la jurisdicción ordinaria; al respecto la jurisprudencia constitucional estableció que: “…el principio general de legalidad, como elemento esencial del Estado de Derecho“(...) en su vertiente procesal (garantía jurisdiccional), tiende a garantizar que nadie pueda ser sancionado sino en virtud de un proceso desarrollado conforme a las reglas establecidas en el procedimiento en cuestión, en el que se respeten las garantías establecidas por ley” (Así la SC 0275/2010 de 7 de junio, que a su vez citó a la SC 0919/2006-R de 18 de septiembre).