Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2016-S1
Fecha: 01-Feb-2016
a)
Solicitó se conceda la tutela que brinda la acción de amparo constitucional para restablecer su derecho suprimido, disponiendo que: a) Se deje sin efecto los “Autos de 11 y 16 de junio de 2015” (sic), de 10 de junio y 9 de septiembre de 2015; b) Ordenar a la oficina de DD.RR. y al Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, permitir que continúe con los trámites respectivos como propietaria, levantando las medidas precautorias impuestas; y, c) Condene en costas, daños y perjuicios a los demandados y se remita a la instancia respectiva para su investigación, al considerar que en este caso, se actuó en forma arbitraria y con una total parcialización hacia los terceros interesados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.14.
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR