Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2016-S1
Fecha: 01-Feb-2016
denegó
El Juez de Partido de Familia del departamento de Pando, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 28 de septiembre de 2015, cursante de fs. 174 a 175 vta., denegó la tutela impetrada, fundamentando que: 1) El proceso de fraude procesal ya fue devuelto al Juzgado Primero de Partido en lo Civil; y; 2) La Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, no tenía competencia para dictar el levantamiento de medidas precautorias, además que se encuentra pendiente el trámite del proceso de revisión extraordinaria de sentencia del proceso civil de usucapión.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.14.
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR