Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2016-S1
Fecha: 01-Feb-2016
I.2.3. Intervención del tercero interesado
Se presentó la demanda de revisión extraordinaria de sentencia que fue recepcionada en Sala Plena, una vez admitida la misma dicha instancia será la competente para suspender o levantar las medidas impuestas; además existen gente que se encuentra en posesión de los terrenos en litigio, por lo que, se debe evitar procesos que a la larga puedan generar malestar social; en ese antecedente, corresponde denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.14.
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR