SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2016-S2

Fecha: 22-Feb-2016

denegó

El Tribunal Tercero de Sentencia Penal del departamento de Oruro, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 05/2015 de 6 de noviembre, cursante de fs. 47 a 56, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) Los fundamentos plasmados en la acción de libertad, no tienen consistencia jurídica en órbita constitucional, en razón de que el Tribunal de garantías no puede determinar la existencia o no de los delitos atribuidos al imputado, o la no participación en los hechos punibles; puesto que es facultad exclusiva del Ministerio Público, por lo que no es posible viabilizar el planteamiento de la acción de libertad; ii) No es posible ingresar a valorar las pruebas dentro de una causa penal, puesto que esta facultad le corresponde a la justicia ordinaria, siendo viable valorarlas cuando existe infracción de los derechos y garantías que estén vinculados con la libertad; iii) Existe paralelismo en cuanto a los argumentos y petición del recurso de apelación pendiente de resolución y la acción de libertad, puesto que se entiende que el accionante pretende resolver estas cuestiones en dos jurisdicciones diferentes, advirtiéndose simultaneidad de planteamientos, de manera que no es posible resolver ambas situaciones al mismo tiempo, hacen cita de la SC “0110/2014-S1” respecto a la inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones de manera paralela; iv) Existe subsidiariedad, puesto que se encontraría pendiente de tramitación y resolución la apelación interpuesta por el ahora accionante; y, v) Se advierte la existencia de contradicción entre los argumentos de la acción de libertad con el petitorio del mismo, invocándose la libertad irrestricta sin negar la existencia del proceso penal, pues admite que sea investigado con libertad pura y simple.