Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
Fragmento 12
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y los arts. 12.7 la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución 03/2015 de 19 de noviembre, cursante de fs. 48 a 54, pronunciada por el Juez de Partido Mixto Liquidador de Sentencia Público de la Niñez y Adolescencia de Huanuni del departamento de Oruro; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la acción de libertad
- cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad del accionante y se constate la existencia de absoluto estado de indefensión
- III.2. Persecución ilegal o indebida, desarrollo jurisprudencial
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12