Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
II.4.
II.4. El 17 de noviembre de 2015, Jorge Gregorio Chambi Canaza, presentó memorial de recusación contra la autoridad jurisdiccional (fs. 39 a 40 vta.) el mismo día que se substanció la audiencia de medidas cautelares, en la que rechazó in límine la recusación interpuesta en su contra; así mismo, siendo que los imputados no se presentaron a ese despacho judicial y tampoco justificaron su inconcurrencia, declaró su rebeldía y dispuso se expida mandamiento de aprehensión en su contra (fs. 35 a 38).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la acción de libertad
- cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad del accionante y se constate la existencia de absoluto estado de indefensión
- III.2. Persecución ilegal o indebida, desarrollo jurisprudencial
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12