Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
II.4.
II.4. A través del Auto de Vista 77/2014 de 28 de noviembre, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, bajo el fundamento que el antes indicado Juez, obró con criterio legal, sin infringir ninguna disposición legal o vulneración de derechos fundamentales, resolvió declarar improcedente la apelación interpuesta; en consecuencia, confirmó el Auto Interlocutorio de 27 de mayo de 2014 (fs. 3 a 4).