Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2016-S3
Fecha: 05-Feb-2016
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Conforme el acta de audiencia de 1 de septiembre de 2015, cursante a fs. 695 y vta., la misma se suspendió por inasistencia de la autoridad convocada a la mencionada audiencia -Vocal de la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz-, por haber sido declarada en comisión, por lo que se señaló una nueva para el 4 de igual mes y año.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 7
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.2. Análisis del caso concreto
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