SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2016-S3
Fecha: 05-Feb-2016
1)
Solicita se conceda la tutela, disponiendo que: 1) Se deje sin efecto la Resolución de sobreseimiento de 11 de marzo de 2015, debiendo el Fiscal de Materia, emitir un nuevo fallo con la debida fundamentación y motivación, considerando todos los elementos de prueba presentados y ofrecidos a momento de impugnar la misma, haciendo conocer en cual de las circunstancias previstas en el art. 323 inc. 3) del CPP, fundan su determinación dada la incongruencia y contradicción denunciada; y, 2) Dejar sin efecto la Resolución jerárquica de 6 de abril de 2015, debiendo el Fiscal Departamental de Chuquisaca -hoy demandado-, pronunciar nueva resolución considerando todos los elementos de prueba presentados y ofrecidos a momento impugnar el sobreseimiento y se pronuncie de manera motivada respecto a la incongruencia y contradicción formulada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerado
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público. Alcance y efecto de la ratificación y revocatoria de sobreseimiento
- III.2.
- REVOCAR