SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2016-S3

Fecha: 05-Feb-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que sigue en calidad de querellante contra Cruber Edwin Herrera Bernal por la presunta comisión del delito de estafa, el Fiscal de Materia, Jhohann Vargas Chispas -hoy codemandado-, el 11 de marzo de 2015 emitió requerimiento conclusivo de sobreseimiento a favor del imputado, y pese a haber presentado impugnación contra el mismo, el Fiscal Departamental -ahora demandado-, mediante Resolución de 6 de abril de igual año, ratificó dicha determinación.

El citado requerimiento conclusivo de sobreseimiento, no tiene la debida fundamentación, motivación y congruencia respecto a los elementos de prueba, al no permitir conocer el criterio intelectivo de valoración de cada elemento probatorio, por únicamente describirlos sin asignar valor a cada uno de ellos, ni considerarlos en su totalidad, además de ser incongruente, debido a que señaló como impedimento para acusar que no se tiene certeza de la participación del imputado en el ilícito; sin embargo, indicó también como impedimento para acusar la inexistencia del hecho, su configuración como delito, ya que “…la denunciante no a aportado con pruebas que configures la existencia del delito…” (sic), no teniéndose certeza de cuál es el fundamento jurídico o supuesto previsto en el art. 323 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP) para emitir el sobreseimiento, al hacer referencia a la autoría o participación del imputado, a la inexistencia del hecho, si constituye delito o que la prueba no es suficiente para acusar.