Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2016-S1
Fecha: 17-Feb-2016
acción de libertad
En revisión la Resolución 13/2015 de 28 de octubre, cursante de fs. 15 a 18, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Héctor Benegas Koch en representación sin mandato de Farid José Rojas Guerra contra Vivian Patricia Gonzáles Rioja, Jueza Décima Quinta de Instrucción en lo Penal del departamento Santa Cruz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.De la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- es un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos
- i)
- III.2.De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR