SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2016-S3

Fecha: 12-Feb-2016

Fragmento 14

           Conforme a la jurisprudencia constitucional referida en el Fundamento Jurídico III.2. de la presente Resolución constitucional, la acción de libertad traslativa o de pronto despacho se activa cuando en un trámite judicial existe una demora indebida en resolver la situación jurídica del privado de libertad, otorgándose la tutela en procura de la celeridad procesal extrañada.