SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2016-S3
Fecha: 12-Feb-2016
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Danny Elizabeth Morón de Montes, Jueza Segunda de Instrucción de Familia del departamento de Santa Cruz, por informe presentado el 1 de octubre de 2015, cursante de fs. 155 a 156 vta., refirió que los pagos realizados extrajudicialmente no fueron aceptados ni descontados en una nueva liquidación de asistencia familiar, por lo que se libró el respectivo mandamiento de apremio ante el incumplimiento de la obligación.
También, hizo conocer que cada vez que el accionante fue notificado con la liquidación de asistencia familiar no cumplió con el pago de su obligación, librándose mandamiento de apremio y con la finalidad de seguir dilatando dichos pagos interpone acción de libertad “…como lo a hecho en esta ocasión” (sic).
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- Fragmento 4
- II.1.
- 1)
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, aún en el supuesto de que dicho medio o recurso no sea el más idóneo, eficaz o inmediato, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.3. Casos de inversión de la carga de la prueba en la acción de libertad: La parte demandada debe desmentir o al menos negar los hechos por encontrarse en poder de la información o prueba
- i)
- Respecto de la alegada notificación ilegal con la liquidación y el mandamiento de apremio librado contra el accionante
- Fragmento 14
- Respecto de la invocada falta de remisión del recurso de apelación al superior en grado
- III.5. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte
- 1º CONCEDER