SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2016-S3

Fecha: 12-Feb-2016

I.1. Contenido de la demanda

El 29 de mayo de 2000, se aperturó un proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Primo Rojas Callao y otros, por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, señalándose en la “papeleta de detención” las generales de ley del imputado con CI 4526117 Cbba., nacido el 7 de marzo de 1978, ocupación chofer, 1,52 metros, ojos de color café, sin señales particulares, visibles, nacido en Buena Vista provincia  Charcas Potosí, con domicilio  en la zona Mayca sin número, soltero y de tez morena.

El “Juez de Segundo de Partido”, emitió Sentencia condenatoria de 12 de marzo de 2004, contra Primo Rojas Callao y otros, sancionándoles como autores del delito de tráfico de sustancias controladas, y tras las apelaciones por Auto de Vista de 4 de  mayo de 2009, la “Sala Penal” confirmó dicha sentencia; por lo que el 1 de agosto de igual año el Juez Néstor Enrique Quiroga, dispuso se libre mandamiento de condena, el cual fue ejecutado contra su persona sin ser contra quien se emitió la Sentencia condenatoria.

Ante esta ilegalidad, presentó un incidente de homonimia, adjuntando varias pruebas para acreditar el aspecto descrito supra; consiguientemente, por Auto 0233/2013 por Auto de 24 de mayo, el Juez Quinto de Partido de Sentencia Penal y Sustancias Controladas del departamento de Cochabamba, admitió el incidente y dispuso se deje sin efecto el mandamiento de condena emitido contra “Primo Rojas Callao”.

El 29 de mayo de 2013, la Fiscal de Materia interpuso recurso de apelación contra el Auto 0233/2013, señalando que el mismo tenía una escasa y vaga fundamentación con relación a la valoración realizada al peritaje dactiloscópico y respecto a la pérdida del kardex, cuestionando además irregularidades en la tramitación del mismo; por lo que, mediante Auto de Vista de 15 de septiembre de 2015, las Vocales demandadas revocaron el Auto impugnado, rechazando el incidente de homonimia y disponiendo que el Juez a quo emita un nuevo mandamiento de condena.