SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2016-S3

Fecha: 12-Feb-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 17 de octubre de 2015 a horas 10:30 aproximadamente, en la av. Beillin, una cuadra antes de la calle Capitán Ustaris, lugar donde tiene una actividad de venta de vehículos de propiedad de su madre, de manera intempestiva se aparecieron cinco personas de manera violenta con la finalidad de obligarle a firmar un documento de reconocimiento de obligación económica, a lo que se negó; y, cuando consulto si podía retirarse procedieron a secuestrarlo en ese lugar llamando a Radio Patrulla a cargo de Willy Calcina Pacosillo, sin ninguna explicación lo detuvieron y lo subieron a la patrulla.

En la FELCC de la Laguna Alalay a horas 10:45, el nombrado funcionario policial lo hizo ingresar contra su voluntad a la oficina de denuncias, lugar donde estaba el “…Sargento Montaño…” (sic), quien después de muchas explicaciones a las 12:10 dijo que no había motivo para aperturar ningún caso, ya que la acción directa fue por riñas y peleas y no así por estafa; empero, en ese ínterin las personas que lo secuestraron le hicieron firmar un documento por el monto de $us18 000.- (dieciocho mil dólares estadounidenses) de forma obligada y bajo amenazas.

Es así que a horas 15:30 se aperturó el caso 15031 a cargo de Erick Olmos Gómez Fiscal de turno, por el delito de estafa, procediendo a ingresarlo a celdas policiales desde ese momento en calidad de arrestado, negándose los funcionarios policiales a proporcionarle información alguna, sacándolo de las celdas a horas 23:00 para ficharle como si fuese un delincuente.