SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2016-S3
Fecha: 12-Feb-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante sin mandato, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, a la presunción de inocencia y al debido proceso, dado que mediante Auto de Vista de 13 de octubre de 2015, las autoridades demandadas revocaron la resolución pronunciada por el Juez cautelar que dispuso la cesación de su detención preventiva dentro el proceso seguido en su contra por la presunta comisión de delito de violación, en razón a la existencia de riesgo de obstaculización, porque consideraron que el informe conclusivo policial emitido dentro de otro proceso penal por presuntas amenazas a la madre de la víctima no era idóneo, sin considerar que el informe indicado concluye estableciendo la inexistencia del hecho denunciado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- Tribunal de apelación
- aclarándose que la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación y en toda decisión judicial conforme establece el art. 124 del CPP
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR