SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2016-S1
Fecha: 29-Feb-2016
denegó
La Sala Familiar, de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, constituida en Tribunal de garantías, Jorge Andrés Perez Maita, Vocal de la Sala Penal Primera del mismo Tribunal convocado por disidencia, mediante Resolución 16/2015 de 26 de octubre, cursante de fs. 204 a 206 vta., denegó la tutela solicitada, sobre la base de los siguientes fundamentos: a) El recurso de casación es extraordinario y excepcional, tiene una doble función, verificar la jurisprudencia nacional y proveer la realización del derecho objetivo, tiene por objeto el enjuiciamiento de la sentencia y no del caso concreto que le dio origen; b) Los cuatro puntos de agravios que reclamó el accionante, caracterizan a un recurso de apelación y no de casación; y, c) Los Magistrados demandados, señalaron que los Jueces de instancia, realizaron una evaluación conjunta de la prueba, concatenando los elementos de prueba, refiriéndose a los puntos de forma general, en concreto en el considerando tres, se hallan precisamente los puntos a los que hizo alusión en la presente acción de amparo; en la vía de complementación, se agregó que la valoración de la prueba se refirió a los puntos agraviados de manera conjunta y global.