SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2016-S1

Fecha: 29-Feb-2016

a)

El accionante, a través de su abogado ratificó íntegramente el contenido de su memorial y ampliándolo señaló que: a) El memorándum de designación 027/2013, de conformidad con el art. 44.6 de la Ley de Municipalidades, fue firmado por Victoria Ocampo (en ese entonces Alcaldesa); mientras que, el documento análogo de su despido, no especificó el artículo por el cual la autoridad demandada, contaba con la facultad para emitir el mismo para prescindir de sus servicios, por lo que consideró incumplido el art. 232 de la CPE; b) Su esposa pretendió solicitar el subsidio otorgado a personas que carecen de seguro; empero, tal extremo le fue negado, debido a que el accionante aún estaba registrado en “la caja” (sic) del Gobierno Autónomo Municipal  de Buena Vista, por lo que se privó a la menor de dicho beneficio, en su desmedro pues ni siquiera pudo acceder a medicamentos que eran necesarios en la gestación; y, c) Pertenece y es militante del Movimiento al Socialismo (MAS), en contraparte al Alcalde demandado, quién forma parte de los “DEMOCRATAS”, situación que -a su criterio- causó su discriminación.