SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2016-S1

Fecha: 29-Feb-2016

1)

Oscar William Sotomayor Salvatierra, Juez de Partido en lo Civil, Familiar y Mixto de Riberalta del departamento de Beni, mediante informe, cursante de fs. 15 a 16, señaló: 1) El mandamiento de apremio, no es ilegal, porque se emitió en apego a la normativa, a efectos del pago de asistencia familiar por el obligado, para el sustento y el pan de cada día de sus propios hijos; 2) Desde la fijación provisional de asistencia familiar el 28 de noviembre de 2014, hasta el presente, no se cumplió con dicho pago, que conforme consta en el expediente, no se computó por el tiempo transcurrido entre la Sentencia de divorcio que le otorgó la guarda de los menores al padre, hasta que se modificó esta decisión mediante Sentencia de guarda el 22 de septiembre de 2015; 3) El accionante apeló el Auto 455/2015, y será el tribunal de alzada el que resuelva, si la liquidación de pensiones es correcta o incorrecta, tomando en cuenta, que si los padres no velan por el interés de los menores, debe hacerlo el Estado; de ahí que estando pendiente un recurso de apelación no procede la acción de libertad, a menos que la vida del accionante se encuentre en peligro, situación que no corresponde en el presente caso, por lo que solicitó se declare improbada la acción de libertad.