SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2016-S1

Fecha: 29-Feb-2016

denegó

El Juez de Sentencia Penal de Riberalta del departamento de Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 12/2015 de 13 de noviembre cursante de fs. 417 a 419 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) De acuerdo a la jurisprudencia constitucional, quien hubiese sido lesionado en sus derechos protegidos por la acción de libertad, debe pedir ante la misma justicia ordinaria activando los medios y recursos para la reparación de las vulneraciones; ii) La subsidiaridad excepcional, no permite que todas los actos lesivos al derecho a la libertad, tengan que ser reparado por la equidad constitucional, que solamente podrá activarse, cuando no existan otros medios idóneos; iii) En el caso en análisis, contra el Auto 455/2015, que aprobó la liquidación de pensiones y ordenó el pago a tercer día; su incumplimiento dio lugar a la expedición del mandamiento de apremio contra el obligado ahora accionante, éste último interpuso el recurso de apelación y será el tribunal de alzada el que resuelva los agravios expuestos; y, iv) En razón al carácter social que reviste la asistencia familiar, esta no puede ser diferida por la interposición de ningún recurso ordinario o extraordinario, por lo que la emisión del mandamiento de apremio de 9 de noviembre de 2015, se encuentra enmarcada en derecho.