SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2016-S1

Fecha: 29-Feb-2016

denegó

La Jueza Primera de Sentencia Penal del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 16/2015 de 6 de noviembre, cursante de fs. 99 vta. a 102, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) La Jueza Primera de Instrucción de Violencia Intrafamiliar o Domestica, como contralora de garantías, pudo considerar que la calificación provisional realizada por el Ministerio Público, no guardó relación con los hechos investigados, cuando éstos fueron notoriamente contrarios a la realidad, tomando en cuenta que en el actual derecho penal se juzgan hechos y no delitos; ii) La Jueza a quo, valoró todos y cada uno de los elementos de prueba dentro de los marcos legales de razonabilidad y equidad, a efectos de determinar que se encontraron latentes los peligros procesales de fuga y de obstaculización; iii) Los Vocales demandados, al emitir el Auto de Vista 126/2015, realizaron una debida fundamentación respecto a la calificación provisional realizada por el Ministerio Público, de igual manera efectuaron una valoración integral de cada uno de los elementos de prueba de los marcos legales de razonabilidad y equidad; y, iv) La calificación provisional del tipo penal, al ser una atribución plena del Fiscal de Materia, puede ser modificada en base a los elementos de prueba que vayan a ser recolectados durante la investigación o fase procesal, donde el accionante ejerciendo su derecho a la defensa, puede proponer diligencias a efectos de establecer que la calificación provisional no guardó relación con los hechos, no siendo previsible que la instancia constitucional pueda valorar elementos de prueba indiciarios y modificar la calificación del tipo penal.