SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0288/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0288/2016-S3

Fecha: 29-Feb-2016

Fragmento 5

Con el uso al derecho a la réplica, refirió que los Vocales demandados hicieron una interpretación inadecuada y arbitraria del delito de estelionato, ya que el mismo tiene carácter instantáneo y no existe disposición contraria; empero, para las autoridades demandadas ese ilícito tendría carácter progresivo en su aplicación, en razón a que se habría consumado en la fecha en que Oliver Vera Vera registró su derecho propietario en DD.RR. el 2010 -aspecto que no tiene relación con su persona-, vulnerando así el art. 124 del CPP, careciendo de fundamentación y motivación, cuando no está permitido suprimir aspectos esenciales de una resolución que es la interpretación correcta de cada disposición, por ello la norma debe ser interpretada teleológicamente. En el presente caso, aún se encuentran en actos preparatorios no existe acusación; es decir, no tomaron en cuenta para el cómputo, el hecho generador del delito de estelionato -escritura pública 333/2006-, no existiendo una Sentencia Constitucional Plurinacional que hubiera modulado la interpretación al art. 30 del CPP, que señale que el delito de estelionato no es un delito instantáneo y que en el proceso no hubo acumulación por conexitud.