Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 0055/2016-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0055/2016-RCA

    Fecha: 09-Mar-2016

    2°               DISPONER

    2°               DISPONER que el Tribunal de garantías otorgue a la accionante el plazo de tres días para que subsane el incumplimiento de las previsiones del art. 33.4 del Código Procesal Constitucional, una vez cumplido el plazo o habiéndose subsanado lo observado, disponer lo que fuere de ley o corresponda en derecho.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • improcedente
    • i)
    • II.1. Marco normativo constitucional
    • Fragmento 7
    • , deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo,
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • mediante acción de amparo constitucional y no por el recurso directo de nulidad,
    • improcedencia
    • 2°               DISPONER

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca