AUTO CONSTITUCIONAL 0061/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0061/2016-RCA

Fecha: 17-Mar-2016

I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados

La accionante alega como lesionados sus derechos a la tutela judicial efectiva y oportuna, a la legalidad, a conocer y estar en convicción y certeza del motivo específico, a la defensa; a la garantía al debido proceso en sus elementos congruencia de las resoluciones y verdad material; a los principios a la seguridad jurídica, a la verdad material, a la prevalencia del derecho sustancial sobre el formal, citando al efecto los arts. 115, 117.I, 178.I, 179, 180.I y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 4 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.