AUTO CONSTITUCIONAL 0061/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0061/2016-RCA

Fecha: 17-Mar-2016

II.2.  La legitimación activa en la acción de amparo constitucional

Conforme la jurisprudencia emitida por este Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0936/2015-S1 de 13 de octubre, citando a la SCP 1113/20012 de 6 de septiembre y SSCC 0703/2011-R de 20 de mayo y 0641/2010 de 19 de julio, estableció que: «“La legitimación en el orden procesal debe relacionarse con el concepto de acción y por consiguiente, con sus sujetos activo y pasivo, se configura con el reconocimiento que el derecho hace a una persona de la posibilidad de ejercitar y mantener con eficacia una pretensión procesal - legitimación activa -, o de resistirse a ella eficazmente - legitimación pasiva -.