AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2016-RCA

Fecha: 17-Mar-2016

I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN

Por memorial presentado el 15 de febrero de 2016, cursante de fs. 49 a 53, el accionante manifestó que, de manera extraoficial llegó a tener conocimiento que su hermano Ezedin Alarcón Rada, instauró proceso ordinario de usucapión en su contra ante el Juzgado de Partido de Sorata, confiriendo poder a su abogado para tramitar la demanda de usucapión de un lote de terreno de 300 m2, ubicado en la calle Junín y Murillo 220 de la zona de “Masaya” de la localidad de Sorata, adquirido de sus padres, más no le da poder para actuar en su representación en una demanda en contra suya; no obstante, a ello y a que la demanda debió ser dirigida contra sus padres o ante su fallecimiento ante todos sus hijos, la demanda fue admitida.

Refirió que, su hermano realizó una minuta de venta de 2001, por la que supuestamente le hubiera transferido el 50% de acciones y derechos del lote referido, es decir 150 m2, dando a  entender que el total sería de 300 m2, pero demanda un total de 196 m2, señalando además un domicilio falso para su citación, con el cual prosiguieron todas las actuaciones judiciales en su rebeldía, lo que conlleva a la nulidad del proceso que se llevó de manera fraudulenta,  lesionando sus derechos, llegando a emitirse Sentencia favorable a su hermano. Ante ello, el 12 de agosto de 2014, formuló incidente de nulidad de obrados hasta el Auto de admisión ante el Juez demandado, quien mediante decreto de 14 del mismo mes y año, rechazó la solicitud de tramitar el incidente de nulidad arguyendo que se trata de cosa juzgada.