AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2016-RCA

Fecha: 17-Mar-2016

siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida

Al respecto, la SCP 0132/2012 de 4 de mayo, refiere que la acción de amparo de constitucional: “…establece un procedimiento de protección cuyo objeto es el restablecimiento inmediato y efectivo de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados, a través de un procedimiento judicial sencillo, rápido y expedito, frente a situaciones de lesión provenientes de la acción u omisión de servidores públicos o particulares; siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida(las negrillas nos corresponden).