AUTO CONSTITUCIONAL 0064/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0064/2016-RCA

Fecha: 18-Mar-2016

la acción de amparo constitucional constituye un instrumento subsidiario y supletorio

         La SCP 1278/2015-S3 de 23 de diciembre, señalando a la SC 1337/2003-R de 15 de septiembre que dice: “…de acuerdo a la configuración procesal contenida en el nuevo texto constitucional y lo dispuesto en el art. 54 del CPCo-, sostuvo que la acción de amparo constitucional constituye un instrumento subsidiario y supletorio '…en la protección de los derechos fundamentales, subsidiario porque no es posible utilizarlo si es que previamente no se agotó la vía ordinaria de defensa y supletorio porque viene a reparar y reponer las deficiencias de esa vía ordinaria'.