SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2016

Fecha: 01-Mar-2016

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

En la presente acción de inconstitucionalidad de carácter abstracto, se activa el control normativo de constitucionalidad, en mérito a que la accionante considera que los arts. 14.I; 15.I en la frase: “…y de acuerdo a las causales establecidas en el Artículo 10 de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo, el perito valuador podrá excusarse; de no hacerlo, o de excusarse sin causa justa, será pasible a responsabilidad de acuerdo a la Ley N° 1178”; 20.II, en el texto: “…así como el sujeto pasivo o tercero responsable deudor, podrán solicitar enmiendas, complementaciones o aclaraciones al informe de avalúo pericial…”; y, 21.I de la Resolución Normativa de Directorio 10-0008-14 del SIN, contradicen los arts. 24, 115.I, 117.I, 180.II y 410.II de la CPE.