Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2016-S2
Fecha: 07-Mar-2016
II
El accionante alega que contra la Sentencia 27/14 de 23 de octubre de 2014, que declaró probada la demanda de unión conyugal libre o de hecho, presentó recurso de apelación; sin embargo, la autoridad hoy demandada en lugar de corregir la omisión incurrida por el juzgador, sin realizar ninguna explicación, se limitó holgadamente a señalar que los ochenta y siete días del término probatorio que se sustanció en dicho proceso, no vulnera ningún derecho de las partes y que no puede considerarse las pruebas testificales desarrolladas en otras instancias, e incurriendo en falta de valoración de prueba, falta de fundamentación, motivación y congruencia, confirmó la Sentencia apelada.