SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2016-S2

Fecha: 07-Mar-2016

II.1.

II.1. La cláusula tercera del contrato a plazo fijo 0013/2015 de 2 de enero, establece que Alba Luz Cano Jurado, fue contratada para que desempeñe las funciones de Profesional II, en el programa de mantenimiento. Dichas funciones serán prestadas en el departamento de Tarija; sin embargo, dada la naturaleza del trabajo que desarrolla la institución podrá el contratado ser trasladado donde la institución requiera su servicio. Contrato que se halla visado por la Jefatura Departamental del Trabajo de Tarija dependiente del Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social (fs. 2 a 4).