SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2016-S2

Fecha: 21-Mar-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Son propietarios de un inmueble ubicado en la zona de Torrecilla actualmente denominado “San Salvador”, con una superficie 11938 m2, adquirido mediante sucesión hereditaria de su padre, el cual se encuentra debidamente registrado en la oficina de Derechos Reales (DD.RR.), bajo la matrícula computarizada 6.01.1.25.0001920, demostrando de esa forma la titularidad y dominialidad sobre el bien inmueble. Sin embargo, el 1 de agosto de 2015, aproximadamente a horas 11:00, los demandados acompañados de veinte personas ingresaron al predio en forma violenta e ilegal, procediendo a instalarse con carpas y a efectuar construcciones precarias, manteniendo vigilado el ingreso al terreno por lo que no dejan aproximarse a nadie al mismo.

En ese sentido, al haberse realizado dichos actos mediante medidas de hecho, prescindiéndose de los recursos legales establecidos por el ordenamiento jurídico, los accionantes solicitan una protección inmediata de sus derechos, puesto que existe una irreparable e irremediable lesión a los mismos; debiéndose hacer una excepción al principio de subsidiariedad, por lo que los peticionantes de tutela tienen que acreditar la titularidad o dominialidad del inmueble sobre el que ejerció los actos sin causa jurídica y demostrar de forma objetiva la existencia de las medidas de hecho, requisitos que fueron cumplidos en la presenta acción de defensa.