Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2017-S1
Fecha: 28-Mar-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante, denuncia la violación de sus derechos al debido proceso, en sus vertientes de indebida motivación y fundamentación; a la defensa y la tutela judicial efectiva, e inobservancia de los arts. 2, 4, 5, 101.I y 112.III de la Ley 483; 1296.I; 1309.I del C.C.; y, 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP), citando al efecto el art. 145 de la Constitución Política del Estado (CPE9.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.
- la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales
- i)
- REVOCAR en parte
- 1º CONCEDER